Se acaban de publicar las nuevas MEDIDAS DE PREVENCIÓN ante el Covid,19 para ANDALUCIA, organizadas en tres FASES:
FASE 1: Desde la medianoche de este viernes hasta el jueves 17 de diciembre incluido:
Se permitirá la MOVILIDAD entre municipios dentro de una MISMA PROVINCIA.
El COMERCIO podrá abrir hasta las 21.00 horas.
La HOSTELERÍA se mantiene CON EL MISMO HORARIO, hasta las 18.00 horas.
El TOQUE DE QUEDA continúa igual y se mantiene a las 22.00 horas.
FASE 2: Desde el viernes 18 de diciembre hasta el 10 de enero:
Se permitirá la MOVILIDAD ENTRE PROVINCIAS.
Se establecen CAMBIOS en el HORARIO DE LA HOSTELERIA. La hostelería podrá abrir en un horario especial partido: cerrando a las 18.00 horas y volviendo a abrir desde las 20 horas hasta las 22.30 horas.
El resto de COMERCIOS podrán abrir en su HORARIO HABITUAL.
El TOQUE DE QUEDA se establece entre las 23 horas y las 6 de la mañana.
MEDIDAS ADICIONALES:
Desde el día 18 de diciembre se ABRIRÁ AL PÚBLICO la estación de esquí de Sierra Nevada, con el aforo, horarios y protocolos establecidos para estaciones de esquí y montaña para la COVID-19.
Del 23 de diciembre al 6 de enero:
MOVILIDAD FUERA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: Se permitirá la entrada y salida de Andalucía para agrupación familiar.
Se aumenta el NÚMERO DE PERSONAS para las AGRUPACIONES: Se podrán agrupar un máximo de 10 personas en domicilio familiar los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero. El resto de los días se mantiene el límite en 6 personas.
El TOQUE DE QUEDA en Nochebuena y Nochevieja se retrasa hasta la 1 y media de la madrugada.
Esperamos que esta información os haya sido de utilidad.
Estas medidas entrarán en vigor desde el miércoles 11 hasta el lunes 23 de noviembre. Se contempla su revisión cada dos semanas, salvo que la situación requiera hacerlo antes.
Cierre perimetral de Andalucía desde la medianoche de este jueves al viernes y hasta las 24 horas del 9 de noviembre. Solo se permitirá salir por causa justificada, trabajo o fuerza mayor.
Cierre perimetral de Granada, Jaén y Sevilla. Se limitará igualmente la movilidad entre todos sus municipios. Solo entrar y salir por causa justificada.
Hay 448 municipios de Andalucía que quedan perimetrados, donde vive la mitad de la población de la comunidad.
Se mantendrá el toque de queda desde las 23.00 horas hasta las 06.00 de la mañana.
Cierre de todos los establecimientos de hostelería a las 22.30 de la noche
Reuniones limitadas a seis personas, tanto en el ámbito público como privado.
Estas medidas se revisarán cada dos semanas a partir del 9 de noviembre.
En ésta se han establecido distintos Niveles de Alerta con sus correspondientes restricciones para todos los municipios de Andalucía, no sólo para los confinados:
Nivel 4:
Las localidades en Nivel 4 son todas las de las provincias de Sevilla, Jaén y Granada, además de los municipios cordobeses de Aguilar de la Frontera, Almedinilla, Baena, Benamejí, Cabra, Carcabuey, Castro del Río, Doña Mencía, Espejo, Encinas Reales, Fernán Núñez, Fuente-Tójar, Iznájar, La Guijarrosa, Lucena, Luque, Montalbán de Córdoba, Montemayor, Montilla, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Palenciana, Priego de Córdoba, Puente Genil, La Rambla, Rute, Santaella y Zuheros. También, los municipios malagueños de Alameda, Almargen, Antequera, Archidona, Campillos, Cañete la Real, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Valle de Abdalajís, Villanueva de Algaidas, Villanueva del Rosario, Villanueva de Tapia, Villanueva de la Concepción y Villanueva del Trabuco. Y, en la provincia de Cádiz, las localidades de Alcalá del Valle, Algar, Algodonales, Arcos de la Frontera, Benaocaz, Bornos, El Bosque, Chipiona, Espera, El Gastor, Grazalema, Jerez de la Frontera, Olvera, Prado del Rey, Puerto Serrano, Rota, San José del Valle, Sanlúcar de Barrameda, Setenil de las Bodegas, Torre Alháquime, Trebujena, Ubrique, Villaluenga del Rosario, Villamartín y Zahara de la Sierra.
Nivel 3:
Los municipios que están en Nivel 3 son los de los distritos sanitarios de Huelva-Costa, Bahía de Cádiz-La Janda, Campo de Gibraltar -en la provincia de Cádiz-; Serranía, Valle del Guadalhorce y Costa del Sol en Málaga; Almería y Levante-Alto Almanzora (Almería), Córdoba Norte, Guadalquivir y Córdoba.
Nivel 2:
Las localidades en Nivel 2 son las ubicadas en los distritos sanitarios de Sierra de Huelva-Andévalo Central, Condado-Campiña -en Huelva-; Málaga y Axarquía -en Málaga-, y el de Poniente de Almería.
Como siempre, estamos a vuestra disposición para resolver cualquier cuestión sobre estas normativas en los contactos habituales.
Esta norma declara el Estado de Alarma en todo el territorio nacional, y su entrada en vigor se produce desde el mismo día de ayer hasta las 0,00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse.
Cuestiones a tener en cuenta del citado Real Decreto:
Se establece:
La limitación de la libre circulación de las personas en horario nocturno. Es lo que se ha venido a conocer como “toque de queda” entre las 23,00 y las 6,00 horas salvo determinadas excepciones, y que es ya de aplicación, pudiendo las comunidades autónomas determinar una variación en la hora de comienzo y fin de de +/- 1 hora en cada caso.
Se establece la posibilidad de (*):
Limitar la entrada y salida de los territorios de las comunidades autónomas.
Limitar la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, teniendo en cuenta que la permanencia de grupos de personas en espacios de uso privado quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.
(*) Estas limitaciones quedan en manos de las comunidades autónomas.
Es por tanto que tendremos que esperar a que sea la Junta de Andalucía la que adopte la decisión sobre estas cuestiones. El calendario de la Junta de Andalucía sobre este tema es el siguiente:
26 de octubre: celebración del Gabinete de Crisis (se está celebrando en estos momentos).
27 de octubre: Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía donde se adoptará la decisión sobre estas cuestiones
28 de octubre: Rueda de Prensa del presidente de la Junta de Andalucía para comunicar las medidas.
Conviene apuntar, para evitar confusiones, que en Andalucía ya existen medidas más restrictivas en unas zonas que en otras por normativa previa a la entrada en vigor del nuevo Real Decreto nacional de Estado de Alarma (Boletín Extraordinario número 68 de 23/10/2020), tales como:
Confinamientos perimetrales en Granada y su área metropolitana y los municipios sevillanos de Écija y Pedrera.
Medidas excepcionales donde ya se limita a un máximo de 6 personas para el desarrollo de cualquier actividad tanto en espacios públicos como privados en los municipios de Los Gallardos (Almería), Córdoba capital, Jaén capital y en su provincia Baeza y Quesada, Sevilla capital y en su provincia Estepa, Lora de Estepa, Gilena, Marinaleda, Herrera, La Roda, Badolatosa, Utrera y Castillo de las Guardas. Todas ellas se unen a Écija y Casariche, donde ya había restricciones.
El miércoles ya tendremos la información sobre la aplicación en el resto de poblaciones de la comunidad autónoma y las posibles modificaciones con respecto a las que ya existen restricciones. Os mantendremos informados.
Esta Guía es la que acaba de asumir la Consejería de Turismo como referencia para llevar a cabo la Declaración responsable de cumplimiento con las medidas en materia de seguridad y protección de la saluden el sector de las Viviendas con Fines Turísticos (VFT) en Andalucía.
La Declaración Responsable está disponible en la página del Registro de Turismo de Andalucía para la descarga del distintivo «Andalucía Segura». Y para el trámite se necesita disponer de certificado digital.
Con la incorporación de las VFT en el proceso se ha incluido un apartado especifico en el que el interesado deberá marcar si dispone de personal contratado y de seguro de responsabilidad civil, también obligatorio según la citada Guía. Os ponemos un ejemplo:
Os recordamos que la Guía de referencia es de ámbito nacional, de ahí la terminología de Viviendas de Uso Turístico (VUT) para lo que en Andalucía nos referimos a Viviendas con Fines Turísticos (VFT), y que se hayan tenido en cuenta estos aspectos que no son desarrollados por nuestra normativa. La Guía excluye además a las Viviendas que se comercialicen por habitaciones, independientemente de que se encuentren legalizadas.
Como siempre, podéis contar con nuestro asesoramiento para el desarrollo de la documentación y su trámite ante la Consejería de Turismo.
El ICTE ha presentado el último de los protocolos de prevención de riesgos frente a la COVID-19 que ha realizado en coordinación con el sector turístico por encomienda del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Turismo:
En la elaboración han participado la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (FEVITUR), los sindicatos CCOO y UGT y la Asociación Española de Servicios de Prevención Laboral (AESPLA).
Es el único protocolo de prevención de riesgos frente a la COVID-19 para las Viviendas de Uso Turístico validado por el ministerio de Sanidad.
Sigue el esquema de otros protocolos de ICTE que ya hemos visto como los de Apartamentos Turísticos o Alojamientos Rurales, con requerimientos muy similares en cuestiones de gestión de personal, recursos materiales, información, limpieza o mantenimiento.
Las principales diferencias en el protocolo de Viviendas Turísticas las encontramos en la Fase de Check-in con las siguientes cuestiones específicas a resaltar:
Se deberá identificar a los ocupantes a su llegada independientemente al hecho de que se hayan recogido sus datos de forma telemática.
Debe disponerse de un registro por vivienda en el que conste el personal que ha acompañado al cliente a la misma (en su caso), así como la fecha. Este registro debe custodiarse por un tiempo mínimo de 30 días.
Se deberá informar a los clientes que se hospeden en viviendas ubicadas en edificios residenciales, plurifamiliares o multifamiliares, donde se compartan zonas comunes entre clientes y residentes, de la obligatoriedad de respetar las normas de las Comunidad de Propietarios del edificio.
El personal de acogida y recepción facilitará un pack de Equipo de Protección Individual (EPI) que cuente al menos con mascarilla (con marcado conforme a la especificación UNE-0064-1) y gel o guantes.
Como siempre, hacednos llegar vuestras dudas sobre el proceso de implementación en caso de que deseéis llevarlo a cabo.
Seguimos trabajando por equiparar la oferta de las VFT en términos de seguridad frente al Covid con respecto al resto de la oferta alojativa andaluza.
Como ya os hemos ido comentado en anteriores comunicados, las VFT han quedado fuera de las normas del ICTE (Safe Tourism) y posteriormente de las que elaboró la Junta de Andalucía (Andalucía Segura).
Posteriormente la Secretaría de Estado creó su propio Sello gratuito, que ampliaba las posibilidades de sectores que podían acogerse al mismo, como hubiera sido el caso de las VFT. Pero no llegamos a difundirlo entre nuestros asociados cuando comprobamos que no tenía control de ningún tipo.
Como sabéis, hemos elaborado un material basado en las normas reconocidas del ICTE y de la Junta de Andalucía para que nuestros asociados puedan “defenderse” a nivel interno (instalaciones y empleados) y de cara a las posibles exigencias del viajero.
Ha sido una solución a corto plazo de cara a poder atender las reservas que comenzaban a activarse tras la salida del Estado de Alarma.
De fondo, nuestra intención ha sido siempre poder disponer de un certificado propio que permita a las VFT acreditar a través de entidades de certificación que también están en la lucha por mantener la seguridad de los destinos en los que se asientan.
Asociaciones de vecinos y colectivos antiturismoya han solicitado medidas cautelares al Misterio de Sanidad para el sector de las VFT por “la ausencia de medidas sanitarias” frente al Covid. Y muchos de vosotros nos seguís consultando o bien solicitando asesoramiento para adaptar el material de prevención que os enviamos en su día.
En definitiva, le hemos hecho llegar a la Junta de Andalucía la necesidad de atender este tema en un sector que representa alrededor del 50% de las plazas de alojamiento en Andalucía, y finalmente el próximo miércoles día 22 de Julio tendremos cita con la Directora General de Turismo Ana María García López para poder abordar todas las cuestiones que os hemos expuesto y aquellas que nos hagáis llegar.
Con respecto a las tipologías de alojamiento que alcanza nuestra asociación y que sí disponen de certificaciones oficiales de prevención frente al Covid, tales como Apartamentos Turísticos y Casas Rurales:
Os informamos a todos aquellos que habéis presentado declaración responsable para el Sello “Andalucía Segura” que la Junta de Andalucía está tramitando un procedimiento urgente para contratar a una entidad de certificación externa para hacer las inspecciones, y que se prevé un muestreo del 20% de aquellos que la hayáis presentado en las próximas semanas.
Para cualquier duda sobre estas cuestiones nos tenéis a vuestra disposición en los contactos habituales
A continuación, os dejamos un Resumen con los principales temas que pueden afectar al ámbito turístico:
Capítulo I. Medidas preventivas generales y de aforo
Todos los ciudadanos deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Este deber de cautela y protección será igualmente exigible a los titulares de cualquier actividad. Asimismo, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19.
Deberá cumplirse la medida de mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de, por lo menos, 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla de higiene adecuadas y etiqueta respiratoria.
El titular de la actividad económica o, en su caso, el director o responsable deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de las instalaciones.
Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia mínima de seguridad, se respeta en su interior.
Capítulo II. Medidas preventivas en materia de salud y sociosanitaria.
En las piscinas de uso colectivo deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, sin superar el límite del 75% del aforo permitido.
Capítulo IV. Medidas de prevención en materia de establecimientos de hostelería, de ocio
Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local.
La ocupación máxima será de veinticinco personas por mesa o agrupación de mesa.
Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal o de lo que sea autorizado para este año.
Los salones de celebraciones deberán respetar un máximo de 75% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y en todo caso, un máximo de 300 personas en espacios al aire libre, o de 250 personas en espacios cerrados.
Capítulo V. Medidas de prevención en materia de turismo.
La ocupación de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrá superar el 50% de su aforo.
Las actividades de turismo activo y de naturaleza se podrán realizar en grupos de hasta 40 personas, guardando en todo caso la distancia interpersonal establecida, y si no fuera posible deberá usarse mascarilla.
Las actividades de guía turístico se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de treinta personas. Durante el desarrollo de la actividad se evitará el tránsito por zonas o lugares susceptibles de generar aglomeraciones.
Podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos, promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, sin superar en ningún caso el 75 % del aforo y manteniendo la distancia interpersonal establecida.
Capítulo VI. Medidas de prevención en materia de cultura
Los monumentos, conjuntos culturales y enclaves, de titularidad pública o privada, serán accesibles para el público siempre que las visitas no superen el 75% del aforo permitido, calculado respecto del aforo previsto en el correspondiente plan de autoprotección del inmueble o recinto para sus espacios libres. En los espacios cerrados no podrán superar el 65% del aforo permitido.
Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta veinticinco personas, incluido el monitor o guía, debiendo establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
En general se favorecerá el acceso online o descarga previa de la información necesaria para las visitas a través de los dispositivos móviles personales de cada visitante: página web de la institución, redes sociales, aplicaciones móviles, códigos QR en la señalética.
Los museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones, de titularidad pública o privada, podrán acoger tanto las visitas del público a la colección y a las exposiciones temporales como la realización de actividades culturales o didácticas. No podrán superar el límite del 65% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos. Estas medidas también serán de aplicación en aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, tales como actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos.
Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta veinte personas, incluido el monitor o guía, debiendo establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
Los cines, teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales, circos de carpa y espacios similares de titularidad pública o privada podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, sin superar el límite del 65% del aforo permitido, con un límite máximo de 800 personas para lugares cerrados y 1500 tratándose de actividades al aire libre.
Capítulo VIII. Medidas preventivas en equipamientos de uso público en espacios naturales
Los equipamientos de información y recepción podrán acoger tanto visitas libres como la realización de actividades educativas y de sensibilización ambiental, talleres, eventos y, en general, programas públicos, siempre y cuando no se supere el aforo máximo establecido. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta veinticinco personas.
Las actividades de educación ambiental en aulas de naturaleza deberán realizarse en grupos de hasta 25 personas participantes cuando se realicen en espacios cerrados. En caso de que estas actividades se lleven a cabo al aire libre, deberá contar con un máximo de 50 participantes, incluyendo los monitores.
Capítulo XIV. Medidas preventivas en materia de transportes
En todos los transportes públicos y privados de viajeros se establece con carácter obligatorio el uso de mascarillas para todos los usuarios de los mismos.
Poco a poco comienzan a entrar reservas nuevas en nuestras viviendas tras la reapertura por el Covid-19.
Sin embargo, no existe una guía específica de medidas de prevención para el sector de las Viviendas con Fines Turísticos, y los clientes preguntan sobre las medidas que estamos llevando a cabo para garantizarse unas vacaciones seguras.
Como la respuesta de que no existe una guía oficial del sector es contraproducente para el proceso de reserva con potenciales clientes y un agravio comparativo en competitividad con el resto de la oferta de alojamiento turístico, desde APARTSUR hemos desarrollado un MANUAL DE EJEMPLO y una CARTELERÍA con las principales medidas que pueden aplicarse al sector de las VFT.
Estas medidas han sido extraídas de las Guías del Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE) y el Sello «Andalucía Segura»de la Junta de Andalucía de otros subsectores de alojamiento turístico, por lo que también es un material aprovechable para los asociados con Apartamentos Turísticos y Alojamientos Rurales.
CARTELERÍA
Hemos diseñado cartelería de las principales medidas de prevención que se pueden llevar a cabo en el sector de las VFT y presentada en carteles independientes, de manera que cada uno pueda extraer los carteles que más les interese o apliquen a su caso concreto.
La cartelería se puede imprimir para mostrar en el alojamiento, o bien usar en formato digital para enviar durante el proceso de reserva, publicar en la web o las redes sociales, etc. para dar seguridad al cliente.
Por supuesto, la cartelería indica que se llevan a cabo una serie de acciones que obviamente deberemos cumplir.
Queremos insistir en que cada asociado debería adaptar estas medidas a su caso concreto, por lo que una buena manera es repasar la Cartelería que puede usar para su caso concreto y, a partir de ahí, elaborar el Manual de Prevención específico.
Os recordamos que son medidas voluntarias y que el sector de las VFT al no estar alcanzado aún por ningún sello de prevención del Covid, no puede presentar una declaración responsable (Sello “Andalucía Segura” de la Junta de Andalucía) ni tampoco solicitar una auditoría de certificación (Normas del Instituto para la Calidad Turística Española).
La idea, en definitiva, es que tengamos unas medidas comunes que se puedan llevar a cabo contempladas en un Manual y una Cartelería que se puedan mostrar a los clientes que se interesan en nuestras viviendas de cara a poder competir con unas condiciones similares con el resto de la oferta de alojamiento.
Como con todos los asesoramientos de APARTSUR, podéis contar con nosotros para consultas de tipo general y/o profundizar con nuestros asesores si se requieren servicios más específicos o independientes.
Ya se encuentran disponibles las Guías de Recomendaciones para la prevención del Covid de la Junta de Andalucía «ANDALUCÍA SEGURA».
Abarcan a los diferentes subsectores turísiticos, entre ellos el sector de los ALOJAMIENTOS.
A partir del 1 de Junio estarán disponibles las declaraciones responsables para cumplimentar y acceder al Sello y a la promoción específica que la Junta hará de los establecimientos que cumplan sus requisitos.